III Beca MSD de investigación en Patología Respiratoria infantil

24-03-08

Beca MSDLa Sociedad de Pediatría de Asturias, Cantabria y Castilla y León convoca la 3ª Edición de la Beca MSD de Investigación en Patología Respiratoria Infantil para proyectos de investigación que tengan como objetivo el estudio del asma o de otra patología respiratoria infantil. El envío de trabajos para la actual convocatoria podrá realizarse hasta el 15 de abril de 2008.

Bases

La Sociedad de Pediatría de Asturias, Cantabria y Castilla y León convoca la 3ª Edición de la Beca MSD de Investigación en Patología Respiratoria Infantil, cuyas bases quedan expuestas en los siguientes puntos:

  1. Serán valorados proyectos de investigación que tengan como objetivo el estudio del asma o de otra patología respiratoria infantil, pudiendo ser su contenido epidemiológico, clínico o de conocimiento etiopatogénico básico.
  2. Los proyectos presentados deberán ser detallados en su contenido metodológico y tiempo de realización previsto en una extensión máxima de 10 páginas a doble espacio y enviados por quintuplicado a la Secretaría de la SCCALP.
  3. El firmante como investigador principal del proyecto debe ser miembro en activo de la Sociedad de Pediatría de Asturias, Cantabria y Castilla y León.
  4. La presentación de los proyectos se deberá realizar en el mes anterior a la Reunión de Primavera de la SCCALP, haciendo nuestra Sociedad difusión del período de su convocatoria a través de los medios de que dispone. El envío de trabajos para la actual convocatoria podrá realizarse hasta el día 15 de abril del año en curso.
  5. El período de desarrollo del trabajo becado no podrá ser superior a un año desde la concesión de la ayuda.
  6. La beca estará dotada con 6.000 euros, 3.000 de los cuales serán entregados al comunicarse el fallo del jurado en la Reunión de Primavera y 3.000 a los ocho meses tras conocer el estado de su desarrollo.
  7. El jurado que seleccionará el proyecto estará compuesto por un miembro de la Junta Directiva de la Sociedad y cuatro personas de reconocido prestigio investigador designadas por la misma.
  8. El receptor de la beca está obligado a facilitar al jurado un seguimiento cuatrimestral de su evolución, dirigiendo un resumen de los avances realizados en este tiempo a la Secretaría de la Sociedad.
  9. La SCCALP, de acuerdo con las partes interesadas, podrá facilitar la difusión de los resultados del estudio una vez realizado.

Cualquier duda o conflicto en la aplicación de las anteriores bases será resuelto por los componentes del jurado constituido para la concesión de la beca.

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